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Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio hestia se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6114
Ordenanza Nº 1407/06 - Municipalidad de General Alvear

 

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

           DE GENERAL ALVEAR

     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

                        ORDENANZA Nº 1407/06

 

 

 

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar un Plan de Regularización de Deudas, tendiente al recupero de cuotas vencidas del Impuesto a los Automotores, descentralizado por Ley 13010.-

 

 

Artículo 2º: El mismo, alcanzará a los modelos comprendidos entre los años 1979 y 1993, pudiendo acogerse en forma voluntaria todos los contribuyentes y responsables que lo deseen, incorporando los vencimientos que hubieren operado hasta el 31 de diciembre de 2005.

 

 

Artículo 3º: Las deudas regularizadas podrán ser canceladas en cualquiera de las siguientes opciones:

a)- PAGO DE CONTADO: Descuento del veinticinco (25%) por ciento sobre el valor nominal de la deuda total vigente y condonación del cien por cien (100%) de los intereses adeudados.

b)- PLAN 1: Seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, calculadas sobre el valor nominal de la deuda total vigente y condonación del cien por cien (100%) de los intereses adeudados.

c)- PLAN 2: De siete (7) a dieciocho (18) cuotas iguales, mensuales y consecutivas calculadas sobre el valor de la deuda actualizada, aplicando una quita del cincuenta (50%) por ciento.

 

 

Articulo 4º:El presente Plan de Regularización de Deudas tendrá una vigencia de sesenta (60) días, a partir de su aprobación, quedando facultado el Departamento Ejecutivo a extender su vigencia según lo estime conveniente.–

 

 

Articulo 5º:La falta de pago de dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) cuotas alternadas producirá la caducidad del Plan, cesando automáticamente todos los beneficios que el mismo hubiere otorgado al contribuyente, y produciendo el renacimiento de la deuda original con sus respectivos intereses.

 

 

Artículo 6º: El Municipio realizará una amplia difusión a través de los medios de prensa locales acerca de los alcances de la presente ordenanza a fin de dar a conocer a los señores contribuyentes los beneficios del Plan.

 

 

Articulo 7º:Comuníquese. Regístrese. Cúmplase.-

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de Junio de dos mil seis. Aprobada Por Unanimidad.-

 

 

 

 

 

Firmado:

María Angélica Araujo- Secretaria.

Gustavo Horacio Marcos- Presidente

Categorías: Ordenanzas

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