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Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio hestia se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6114
Ordenanza Nº 1315/03 - Municipalidad de General Alvear

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                   Corresponde Expediente Nº 4039-8131/03
             DE GENERAL ALVEAR
     PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                                                  
                                                     ORDENANZA Nº 1315/03

ARTICULO 1º: Los  señores Contribuyentes  que registren deudas impagas podrán acogerse
——————– a un “nuevo Plan Especial de Refinanciación de Deudas”, para obligaciones vencidas al 31-12-02, el cual entrará en vigencia a partir del 23-05-2003, a saber:
1- PLAN CONTADO:
a)    CONTADO UNICO PAGO: Podrán cancelar su deuda vigente en un único pago inmediato con una bonificación del cien por cien (100) de los intereses adeudados.
2-PLANES EN CUOTAS:
a)    PLAN TRES (3) CUOTAS: Podrán cancelar su deuda vigente en hasta tres (03) pagos bimestrales, con una bonificación en los intereses adeudados del ochenta (80) por ciento.
b)    PLAN CUATRO (4) CUOTAS: Podrán cancelar su deuda vigente en hasta (04) pagos bimestrales con una reducción en los intereses del “60%” sesenta por ciento calculado al 1,5% del interés mensual.
c)    PLAN SEIS (6) CUOTAS: Podrán cancelar su deuda vigente en hasta (06) seis pagos bimestrales con una reducción en los intereses del cincuenta por ciento (50%) calculado al 1,5% de interés mensual.——————————————————————————-
ARTICULO 2º: Todos aquellos señores Contribuyentes que se  encuentren al  día en el pago
——————– de la Tasa mencionada se beneficiarán con un descuento del veinte por ciento (20%) por buen cumplimiento, en los pagos de todas las cuotas a vencer durante el presente año y años subsiguientes.—————————————————————————–
ARTICULO 3º: Quedan sin efectos los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 1258/01,
——————– pudiendo los Contribuyentes que así lo deseen recalcular sus deudas y encuadrarse dentro de  los alcances del Nuevo Plan de Regularización.—————————–
ARTICULO 4º: Los señores Contribuyentes a quiénes se les haya iniciado la ejecución de la
——————– deuda por vía de apremio podrán adherirse a un “PLAN ESPECIAL PARA DEUDORES EN JUICIO” cualquiera sea el estado del mismo, siendo a su cargo las costas respectivas. Podrán optar previo Convenio firmado con la Asesoría Letrada Municipal, por:
a)    PAGO CONTADO: Un único pago de la totalidad del capital adeudado, sin interés.
b)    PAGO EN CUOTAS: Pago de capital e intereses adeudados, calculados al 1,5% de interés de hasta seis (6) cuotas bimestrales.
ARTICULO 5º: El  incumplimiento  por  parte  del  Contribuyente  en  el  pago  de  las  cuotas
——————– pactadas en los respectivos convenios producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de intimación administrativa o extrajudicial previa, operándose en consecuencia la caducidad del Plan y pudiendo la Municipalidad reclamar la totalidad de la deuda con más los intereses que provee la Ordenanza Fiscal. Los pagos parciales efectuados se imputarán a intereses y de quedar remanente, al capital.——————————
ARTICULO 6º: Facúltase  al  Departamento  Ejecutivo   Municipal  a  recepcionar  anticipos,
——————- valores en pagos a cuenta, prorrogar los plazos establecidos y a reglamentar debidamente la presente Ordenanza.—————————————————————————
ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese.
——————– Cúmplase.—————————————————————————————–

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 22 días del mes de Mayo de 2003 y Aprobado por Unanimidad.-

 Firmado:
Nelida Irma Trezza, Secretaria Legislativa.
Jorge Raúl Fondado, Presidente HCD.

Categorías: Ordenanzas

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