Notice: Function _load_textdomain_just_in_time was called incorrectly. Translation loading for the themeisle-companion domain was triggered too early. This is usually an indicator for some code in the plugin or theme running too early. Translations should be loaded at the init action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6121

Notice: Function _load_textdomain_just_in_time was called incorrectly. Translation loading for the wpforms-lite domain was triggered too early. This is usually an indicator for some code in the plugin or theme running too early. Translations should be loaded at the init action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6121

Notice: Function _load_textdomain_just_in_time was called incorrectly. Translation loading for the wordpress-seo domain was triggered too early. This is usually an indicator for some code in the plugin or theme running too early. Translations should be loaded at the init action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6121

Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio hestia se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6121
Ordenanza Nº 1085/95 - Municipalidad de General Alvear

 

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                                                     CORRESPONDE EXP. Nº 4039-2441/95

DE GENERAL ALVEAR

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                        

                          

                        ORDENANZA Nº 1085/95

 

 

ARTÍCULO 1º: Establécese un PLAN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE

DEUDAS Para contribuyentes y demás responsables de gravámenes

municipales relacionados con: Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación

de la Vía Pública – Tasa por inspección de Seguridad e Higiene – Derechos de

Cementerio y Pavimento Urbano, cuyo vencimiento hubiere operado al 31 de

Agosto de 1995, siempre que se presente dentro de los términos establecidos

en la presente Ordenanza.

 

ARTÍCULO 2º: La fecha de vencimiento para acogerse al plan mencionado

será al 30 de Septiembre de 1995.

 

ARTÍCULO 3º: Las cuotas adeudadas serán actualizadas de acuerdo con el

valor vigente al momento de acogerse al beneficio de la presente moratoria.

 

ARTÍCULO 4º: Sobre el monto total de la deuda registrada, se establecen las

siguientes alternativas de pago:

PLAN 1: CONTADO: Un único pago con el 70% SETENTA POR CIENTO DE

DESCUENTO.

PLAN 2: EN CUOTAS: DESCUENTO DEL 50% CINCUENTA POR CIENTO, y

el resto en CUATRO (04) cuotas mensuales, fijas y sin interés, a saber: contado: 30-60 y 90 días.

 

ARTÍCULO 5º: El no pago de los planes establecidos producirá la caducidad

de pleno derecho de los plazos acordados quedando los responsables

obligados a la cancelación del total de la deuda original más intereses correspondientes por mora.

 

 

ARTÍCULO 6º: No será necesaria la previa intimación para dar inicio a las acciones legales correspondientes, a todos aquellos contribuyentes que no manifestaren interés en acogerse al presente Plan de Regularización de Deudas.

 

ARTÍCULO 7º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a prorrogar el plazo fijado

en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.

 

ARTÍCULO 8º: Se invitará a los señores contribuyentes a adherirse al presente

Plan de regularización de deudas, realizando una profusa y amplia publicidad a

través de los medios locales escritos, orales y televisivos.

 

ARTÍCULO 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.

Regístrese. Cúmplase.

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de Septiembre de 1995 y aprobada por Unanimidad.-

 

Firmado: Gaudencio Aníbal Fernández– Presidente.

Luis Jorge Izurieta – Secretario.

 

Categorías: Ordenanzas

0 comentarios

Deja una respuesta

Marcador de posición del avatar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *