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Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio hestia se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6121
Ordenanza Nº 853/87 - Municipalidad de General Alvear

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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE GENERAL ALVEAR

PROVINCIA DE BUENOS AIRES                                                                        Expediente Nº 4039-1467/87.

 

                           ORDENANZA Nº 853/87

 

ARTÍCULO 1º:Establécese las siguientes finalidades y funciones a cumplir por las secretarías de Gobierno y Hacienda, según se detalla:

 

SECRETARIA DE GOBIERNO:

Tiene como misión asistir, orientar, coordinar y concentrar las tareas relativas a la administración de los recursos humanos, en forma tal que sirviendo de nexo entre la Comunidad y los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, asesore al Departamento Ejecutivo en la toma de decisión de los diversos problemas planteados Para el cumplimiento de su misión tendrá las siguientes competencias:

1º.- Armonización de la acción Comunal con la Nacional o Provincial en el ámbito local entre los poderes municipales.

2º.- Relaciones con las autoridades políticas o administrativas nacionales y provinciales y de otras municipalidades, con las entidades vecinales, rurales, empresariales, gremiales, profesionales y culturales y con los habitantes de la

Comuna.-

3º.- Ceremonial municipal y organización de actos públicos.-

4º.- Convocatorias y organización de reuniones municipales.-

5º.- Difusión de normas, regímenes, planes, programas, servicios, ordenanzas, decretos y decisiones y actos municipales relevantes por los medios de divulgación oral y escrita.-

6º.- Divulgación interna de publicaciones o difusiones de interés municipal.-

7º.- Encuestas de opinión sobre las demandas, necesidades, problemas e ineptitudes de la población y sobre la eficacia de la acción Municipal.-

8º.- Intercambio de información con otros organismos oficiales de acción local.-

9º.- Capacitación en relaciones públicas humanas.-

10º.- Proyección de modificaciones de normas relativas al régimen estatuario del personal municipal.-

11º.- Participación en la elaboración del presupuesto de gastos en personal.-

12º.- Recepción, registro, trámite, despacho y archivo de las actuaciones municipales, así como el registro, control y supervisión del personal en relación de dependencia con la Municipalidad.-

13º.- Fomento, apoyo y divulgación de actos culturales.-

14º.- Seguridad de las personas y bienes, efectuando inspecciones y actuando en su carácter de policía municipal.-

 

SECRETARIA DE HACIENDA:

Tiene como misión, asistir, orientar, coordinar y controlar las tareas y/o datos relativos a la administración de los recursos económicos, financieros y materiales de la Municipalidad, en forma tal que sus organismos cuenten con ellos en forma oportuna y cantidad suficiente y acorde a las previsiones presupuestarias programadas para la acción, obras y servicios municipales.

Para el cumplimiento de sus fines deberá realizar las siguientes funciones:

1º.- Participación en la elaboración del Proyecto de Presupuesto de Recursos u

Gastos y Ordenanza Fiscal y Tarifaria.-

2º.- Fijación y percepción directa, por las cajas de recaudación, cobradores o bancos autorizados de los impuestos, tasas, cánones de concesiones, arrendamiento y otras rentas municipales.-

3º.- Control y actualización permanentes del inventario patrimonial de la

Municipalidad.-

4º.-Administración y custodia de los bienes municipales verificando sus movimientos.-

5º.-Intervención en los compromisos, obligaciones, contrataciones, gastos e inversiones de las distintas Secretarías y Unidades Orgánicas de la Municipalidad para su verificación presupuestal.-

6º.- Facilitación del control externo por auditorías del Tribunal de Cuentas de la

Provincia, sobre las gestiones financiero-patrimonial que documenta y contabiliza.-

7º.- Centralización y consolidación de los programas o pedidos de compras de los organismos municipales, a fin de posibilitar la satisfacción suficiente, oportuna y económica de las necesidades materiales de las distintas unidades.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 30 días del mes de Diciembre de 1987.-

 

Firmado: MARIO FELIPE LAFUENTE – Presidente.

OSCAR DANIEL MARTIN –Secretario.

 

Categorías: Ordenanzas

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