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Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio hestia se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6121
Ordenanza Nº 994/92 - Municipalidad de General Alvear

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                                                Corresp. Expte 4039-2101/92
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                           ORDENANZA Nº 994/92

ARTÍCULO 1º:Dónase a INDUSTRIAS CARNEAS ALVEAR S.A., una fracción de terreno de chacra, con todo lo que en el edificado suelo que es parte de la chacra que corresponde a la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción
1 – Sección D – Chacra 79 del Plano Oficial del Partido de General Alvear, compuesto de 272 metros de frente al sur; 190 metros en su costado oeste;
148 metros en su costado norte y 180 metros en su otro frente al este, encerrado en una superficie total de 32,220 metros cuadrados, o la que en definitiva resulta del plano de mensura y subdivisión a realizar; lindando al Sur con la Ruta Provincial Nº 61, al oeste y norte con resto de la misma chacra y al este calle por medio, con quintas 45, 41 y 37.

ARTÍCULO 2º: El inmueble donado es para la puesta en funcionamiento de un establecimiento frigorífico y construcciones conexas y complementarias en un todo de acuerdo a la Ley Federal de Carnes, para cuyo cumplimiento el donatario contará con un plazo máximo de cinco (5) años, a contar de la fecha de sanción de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a contratar a un profesional de la Agrimensura para la realización del Plano de Mensura y Subdivisión y oportunamente la firma de la documentación perteneciente para la efectivización de la donación dispuesta en el artículo primero.

ARTÍCULO 4º: La toma de posesión es a partir de la sanción de la Ordenanza e implicará la aceptación de la donación en los términos de los artículos primero y segundo.

ARTÍCULO 5º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, se imputarán a la Partida: Retribuciones a Personas y Entidades del Sector Público y Privado – Finalidad 1.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cúmplase.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General
Alvear, Pcia de Bs. As., a los 2 días del mes de Septiembre de 1992, y aprobada por unanimidad.-

Firmado: Luis Jorge Izurieta – Presidente.
José Luis Brancatti – Secretario.

Categorías: Ordenanzas

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