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Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio hestia se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /var/www/webmuni/wp-includes/functions.php on line 6121
Ordenanza Nº 1132/97 - Municipalidad de General Alvear

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE                                          
DE GENERAL ALVEAR
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Corresponde a expediente Nº 4039-3106/97

               ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1132/97

ARTICULO 1: Queda establecido un PLAN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN
DE DEUDAS, al cual podrán acogerse todos aquellos señores contribuyentes y demás responsables de gravámenes municipales relacionados con:
_ Tasa Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía pública.
_ Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
_ Derechos de Cementerio.
_ Pavimento Urbano.
Queda incluida toda deuda atrasada cuyo vencimiento hubiera operado al 31 de diciembre de 1996, dentro de los términos establecidos en la presente ordenanza.

ARTICULO 2º: La fecha de vencimiento para acogerse al presente plan de regularización, operará el próximo 30 de abril de 1997.

ARTICULO 3º: El valor de los tributos se liquidará en base a las pautas establecidas en el Artículo 38 de la Ordenanza Fiscal.

ARTICULO 4º: Se establecen TRES (3) ALTERNATIVAS DE PAGO, a saber:

PLAN 1: Quita del (100%) CIEN POR CIENTO sobre el total de intereses adeudados y VEINTE (20%) POR CIENTO DEDESCUENTO sobre el capital, por pago de CONTADO.
PLAN 2: Quita del (100%) CIEN POR CIENTO sobre el total de intereses adeudados y cancelación del total del capital en SEIS (6) PAGOS: Ctdo, 30, 60, 90, 120, 150 días sin interés.
PLAN 3: Quita del (80%) OCHENTA POR CIENTO sobre el total de intereses adeudados y cancelación de hasta DIEZ (10) CUOTAS BIMESTRALES sin intereses.

ARTICULO 5º: El incumplimiento en los plazos de pago contraídos, producirá la caducidad de pleno derecho de los plazos acordados y los descuentos otorgados, quedando los responsables obligados a la cancelación total de la deuda original actualizada más los intereses correspondientes por mora.
(Articulo 38 – Capítulo IX – Ordenanza Fiscal).

ARTICULO 6º: No será necesaria la previa intimación para dar inicio a las acciones legales correspondientes, a todos aquellos señores contribuyentes que no manifestaren interés en acogerse al presente Plan de Regularización
de Deudas.

ARTICULO 7º: El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para prorrogar el plazo fijado en el Artículo segundo de la presente Ordenanza.

ARTICULO 8º:Se invitará a todos los señores contribuyentes y demás responsables de deudas urbanas, a adherirse al presente Plan de Regularización, realizando una profusa y amplia publicidad a través de los medios locales escritos, orales y televisivos.

ARTICULO 9º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.  Regístrese. Cúmplase.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 17 días del mes de Marzo de 1997 y aprobada por unanimidad.-

Firmado: Joaquín Artola – Secretario.
Gaudencio Aníbal Fernández – Presidente.

Categorías: Ordenanzas

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